Requisitos de registro de subcorredores digitales Published: mayo 22, 2025
DIRECTRICES DE SOLICITUD
- Todos los documentos enumerados a continuación son requisitos obligatorios y deben aportarse.
- Cada formulario de la SEC debe cumplimentarse debidamente con toda la información exigida, sin dejar ningún campo en blanco, ya que esto invalidará los formularios.
- No se considera presentada una solicitud hasta que los formularios estén debidamente cumplimentados y se hayan aportado todos los documentos exigidos
- Las personas patrocinadas cuyo registro haya caducado deberán iniciar de nuevo el proceso de registro. (Consulte las normas 19 y 35 de la SEC, con sus modificaciones)
- Las personas propuestas para patrocinio deberán acudir a cualquiera de las oficinas de la SEC con tres (3) fotografías recientes tamaño carné para iniciar el trámite de certificación policial (esto se aplica a quienes solicitan por primera vez el registro ante la Comisión como personas patrocinadas y a quienes tengan dicho registro caducado);
- Todas las personas propuestas para patrocinio (excepto las que se transfieran) deberán asistir a una formación y un examen previos al registro. Quienes los superen (siempre que se mantenga la estructura exigida de personas patrocinadas) comparecerán ante el Comité de Entrevistas de Registro para su consideración.
- TODOS los originales de los documentos y certificados deberán presentarse para su cotejo por un funcionario autorizado de la SEC.
- Renovación anual del registro: Tras la aprobación para operar como operador del mercado de capitales (CMO), la empresa deberá renovar su registro anualmente a más tardar el 31 de enero de cada año
- La Comisión podrá exigir otros documentos y/o información que considere necesarios para el registro.
- Toda empresa o firma solicitante será objeto de una inspección física durante la tramitación de su solicitud de registro,
- Un conocimiento adecuado de las Normas y Reglamentos de la Comisión, la Ley de Inversiones y Valores n.º 29 de 2007 y el mercado de capitales es un requisito previo esencial para el registro
REQUISITOS DE REGISTRO
Pago
- Justificante del pago de la tasa de presentación o solicitud: N100,000.00 (cien mil nairas);
- Justificante del pago de la tasa de tramitación: N300,000.00 (trescientas mil nairas);
- Justificante del pago de la tasa de registro: N1,000,000.00 (un millón de nairas);
- Justificante del pago de la tasa de administrador: N100,000.00 (cien mil nairas)
- Justificante del pago de las tasas de persona patrocinada aplicables, según se indica a continuación;
- N100,000.00 (cien mil nairas) por cada persona propuesta para patrocinio
- N50,000.00 (cincuenta mil nairas) por persona patrocinada transferida
- N100,000.00 (cien mil nairas) por cambio de registro
- N150,000.00 (ciento cincuenta mil nairas) por transferencia y cambio de condición
Formularios
- Formularios SEC 2C y 3 debidamente formalizados: para la empresa
- Formularios SEC 2 y 2D debidamente formalizados: deberán cumplimentarlos las personas patrocinadas y los administradores de la empresa
- Formulario SEC 2B debidamente formalizado para personas transferidas. (Consulte los requisitos de transferencia de registro en el sitio web de la Comisión para cumplirlos).
Administradores y personas propuestas para patrocinio
- Un mínimo de tres (3) personas patrocinadas, incluido el director gerente. No se exige un responsable de cumplimiento al subcorredor, ya que el responsable de cumplimiento de la firma patrocinadora supervisará a los subcorredores registrados bajo su patrocinio. (Las empresas registradas o que soliciten registro para desempeñar varias funciones deberán patrocinar el número total de personas prescrito para cada función)
- El formulario SEC 2 debería indicar, entre otros datos, el BVN, los datos de la cuenta bancaria, las direcciones de correo electrónico oficial del solicitante, así como las direcciones postales completas, números de contacto y direcciones de correo electrónico de sus empleadores anteriores, bancos y personas propuestas como referencias;
- Copias de las cartas de contratación y de la relación de funciones (debidamente firmadas por ambas partes, es decir, empleador y empleado);
- Para las personas transferidas, aportar justificante de dimisión de la empresa registrada anterior, de la notificación de dicha dimisión por la persona a la Comisión y de la aceptación de la dimisión por la empresa;
- Currículos de todos los administradores y personas propuestas para patrocinio, que incluyan sus actividades ordenadas cronológicamente desde la enseñanza secundaria, con fechas y duraciones claramente indicadas. (Deben indicarse los motivos de salida de todos los empleos anteriores). Deben señalarse y explicarse la duración y los períodos sin actividad del historial laboral y educativo;
- Copias de las titulaciones, incluidos los certificados de enseñanza secundaria y de finalización o exención del NYSC (los originales deberán ser cotejados por personal autorizado de la SEC);
- Justificante de cambio de nombre, cuando proceda (respaldado por los documentos pertinentes, incluida una declaración jurada judicial y una publicación en prensa)
- Copia de un documento de identidad válido (pasaporte internacional, documento nacional de identidad, permiso de conducir, tarjeta electoral permanente, certificado de cumplimiento tributario o justificantes de pago de servicios públicos)
- Copia del permiso de residencia o trabajo (para personas no nigerianas o residentes). El original deberá presentarse para su cotejo por un funcionario de la SEC
Todas las personas patrocinadas deberán tener experiencia pertinente posterior a su graduación, conforme a la norma 20 de las Normas y Reglamentos de la Comisión
Capital mínimo desembolsado y seguro de fidelidad
- Justificante del capital mínimo desembolsado exigido de N10,000,000.00 (diez millones de nairas), es decir, saldos bancarios, activos fijos o inversiones en valores cotizados;
- Ningún subcorredor permitirá que su endeudamiento agregado supere 10 veces su capital neto no reducido por pérdidas
- Seguro de fidelidad vigente que cubra al menos el 20% del capital mínimo desembolsado y venza el 31 de diciembre.
Empresa solicitante
- El perfil de la empresa debería incluir, entre otros datos, una breve historia, la estructura organizativa y accionarial, los principales directivos y detalles de las actividades pasadas y actuales;
- Los nombres y direcciones de las filiales o empresas asociadas de la empresa, su actividad y el porcentaje de participación;
- Justificante del pago de las acciones adjudicadas a los accionistas;
- Copia acreditativa del acuerdo firmado entre la empresa patrocinadora de corretaje y negociación de valores y el subcorredor
- Carta de recomendación y compromiso firmada por el corredor/agente de valores patrocinador en nombre del subcorredor
- Los valores propiedad de dicho corredor o agente, o en los que tenga participación, deberán detallarse en una relación acreditativa separada y valorarse al precio actual de mercado;
- Manual operativo de la empresa;
- Plan de negocios de la empresa
- Organigrama de la empresa
- Aportar información sobre todos los bancos con los que ha operado la empresa desde su constitución, incluidos los extractos de las cuentas de la empresa correspondientes a los últimos seis (6) meses a la fecha de presentación ante la Comisión.
- Aportar la dirección web, direcciones de correo electrónico y números de teléfono de la empresa, así como sus perfiles en redes sociales (por ejemplo, Facebook, Instagram, LinkedIn, X, etc.);
Documentos societarios
Una copia de cada uno de los siguientes documentos, debidamente certificada por la CAC;
- Copia del certificado de constitución certificada por la Comisión de Asuntos Societarios (CAC). Si se presenta una copia no certificada, el solicitante deberá presentar el original para su cotejo por un funcionario autorizado de la Comisión;
- Escritura de constitución y estatutos: deberían incluir la facultad de desempeñar la función específica;
- Documentos de la CAC que acrediten la declaración del capital social, la declaración de adjudicación y los datos de los administradores (el certificado original deberá presentarse para su cotejo por un funcionario autorizado de la SEC);
- Últimas cuentas auditadas o estado de situación para las empresas con menos de un año de actividad, firmado por dos administradores de la empresa y con una antigüedad máxima de tres (3) meses a la fecha de presentación ante la Comisión. El estado de situación deberá confirmarse mediante una carta de certificación de un auditor externo. (La composición de activos deberá ser del 60% de activos líquidos y del 40% de activos fijos y otros activos);
- Declaración jurada de garantía del corredor/agente de valores patrocinador, incluido un compromiso suyo en nombre del subcorredor;
- Compromiso jurado que confirme ante la Comisión que toda la información proporcionada por la empresa, incluida toda la información bancaria, es verdadera y correcta. (Deberá firmarlo un administrador o el secretario de la empresa y formalizarse ante notario);
- Compromiso jurado de mantener registros adecuados y presentar las declaraciones que la Comisión pueda exigir periódicamente, firmado por un administrador o el secretario de la empresa (formalizado ante notario);
- Compromiso jurado de cumplir las Normas y Reglamentos de la SEC y la Ley de Inversiones y Valores n.º 29 de 2007, firmado por un administrador o el secretario de la empresa (formalizado ante notario);
- Copia del «acuerdo con múltiples principales» con cada corredor patrocinador.
- Descripción de la tecnología en la que se basa su infraestructura:
- Estructura
- Capacidad y limitaciones
- Seguridad
- Proceso de respaldo y recuperación
- Certificación de que la infraestructura es suficiente para desempeñar la función exigida, emitida por un proveedor de servicios de tecnología de la información registrado ante NITDA u otro organismo reconocido y avalada por un representante de la Asociación de Bolsas de Valores
- Justificante de políticas y procedimientos documentados para gestionar los riesgos tecnológicos.
- Canal de comunicación electrónica a través del cual se realizarán todas las comunicaciones con los clientes.
- Método para determinar la idoneidad de los posibles clientes para utilizar su infraestructura en las operaciones.
- Aviso a los posibles clientes sobre las características, riesgos, responsabilidades, obligaciones y responsabilidades legales asociados al uso de su infraestructura.
- Antes de ejecutar una orden, prueba de que el cliente conoce y comprende plenamente los riesgos asociados al servicio ofrecido.
- Confirmación de que no delegará sus funciones en otro subcorredor sin autorización escrita de la Comisión
- Requisitos adecuados de conocimiento del cliente (KYC)
- Acuerdo jurídico vinculante con los posibles clientes que tenga en cuenta, entre otros aspectos:
- Los respectivos derechos y responsabilidades de las partes
- Disposiciones sobre la seguridad física e informática de la infraestructura (identidad del usuario, contraseñas, códigos de autenticación, etc.) para evitar el acceso no autorizado al sistema;
- Límites expresados como un importe nocional para cada cliente, por encima de los cuales no podrán introducirse órdenes
- Garantías, indemnizaciones, cargos y convenciones específicas del cliente o producto;
- Condiciones (como las relativas a la introducción de órdenes, políticas sobre operaciones erróneas, etc.) y restricciones, como el derecho a suspender el servicio o rechazar o cancelar órdenes, etc.
- La exigencia de conocer las normas de negociación y las leyes y disposiciones aplicables; y
- La exigencia de que el cliente o su personal que gestione el proceso esté autorizado y sea cualificado y competente.